La Justicia desestimó las denuncias penales que el presidente Javier Milei había presentado contra los periodistas Carlos Pagni (La Nación) y Ari Lijalad (El Destape), acusándolos de calumnias e injurias. Los jueces sostuvieron que las expresiones cuestionadas están protegidas por la libertad de expresión y se refieren a asuntos de interés público, por lo que no constituyen delito.
Las querellas habían sido impulsadas el 9 de mayo por el propio Milei con el patrocinio del abogado Francisco Oneto. En ellas, el mandatario acusaba a los periodistas de haberlo comparado con Adolf Hitler y de afectar su honor al vincularlo con prácticas del nazismo.
En el caso de Pagni, el juez federal Daniel Rafecas resolvió que los comentarios realizados en su programa Odisea Argentina no superaban los límites de la libertad de expresión, ni representaban una imputación concreta de delitos. Según el fallo, los dichos del periodista se encuadran dentro de un análisis político legítimo y no configuraban ni calumnias ni injurias tipificadas penalmente.
El fallo realizó un análisis detallado de los principios constitucionales e internacionales que resguardan la libertad de prensa, y el juez destacó que, debido a su rol y exposición pública, los funcionarios deben aceptar un mayor grado de crítica.

“El artículo claramente constituye un análisis con relación a la crisis global actual de los sistemas democráticos, del sistema de partidos políticos y del vacío de representación de las anteriores instancias dirigentes que otrora servían a esos efectos”, argumentó el juez en el fallo y señaló que nada de ello “podría constituir una calumnia” al Presidente.
En paralelo, el juez Marcelo Martínez de Giorgi tomó la misma decisión con respecto a la denuncia contra Ari Lijalad. El fallo resaltó que sus dichos, vertidos en una nota de opinión publicada en El Destape bajo el título “Milei, entre el odio a la información y el discurso nazi”, constituyen “una crítica política que no excede los límites de la protección que la Constitución Nacional otorga a la libertad de expresión y de prensa”.

Además, ambos jueces recordaron que la libertad de prensa es un derecho protegido por la Constitución y por tratados internacionales con jerarquía constitucional. En este contexto, no hubo elementos que permitieran avanzar con una causa penal.
Las denuncias también incluían a la periodista Viviana Canosa, pero su caso tramita en otro juzgado y aún no tuvo resolución.